«El accidente aéreo y los procesos judiciales»

Desde hace décadas (y cada vez con mayor frecuencia) los Informes Finales de los accidentes investigados por la Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil vienen siendo utilizados como prueba de cargo o descargo por los Tribunales de Justicia del país. De ésta forma una indagación técnica realizada por un organismo altamente calificado y conducida al margen de las reglas del proceso judicial, es utilizada ulteriormente por los jueces con una filosofía y un enfoque enteramente distintos a aquellos contemplados al conducirse la indagación técnica. El tema es grave no sólo porque entraña un total apartamiento de la República Argentina de los postulados expresados en el Anexo 13 al Convenio de Aviación Civil Internacional suscripto en 1944 en Chicago, sino porque a plazo fijo anulará la colaboración del personal aeronáutico que sea convocado a declarar sobre un accidente por los investigadores de la Junta.

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La prohibición de fumar en los aviones y el Derecho Penal

Es un doble motivola prohibición de fumar en los aviones: de salud, contribuyendo a reducir las cifras catastróficas de muertes a causa del tabaco en todas sus formas, que según la Organización Mundial de la Salud llegan a más de tres millones de persona por año; como el de la seguridad en tanto no se altere la capacidad de atención de la tripulación, ni se vea afectada su oxigenación que ya se encuentra limitada por el efecto del vuelo, y que aunque se encuentre la cabina presurizada, las características del aire para la respiración son similares a las existentes entre los 1800 a2300 metros de altura sobre el nivel del mar.

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Peligro Aviario

Según la Organización de la Aviación Internacional Civil el 21% de los choques con aves, comunicados al sistema de notificaciones creado a los efectos, IBIS, ocurrieron fuera del aeropuerto. Los choques con aves en un aeropuerto son aquellos que se producen a una altura de hasta 60 metros (200 ft) durante el aterrizaje y de hasta 150 metros (500 ft) durante el despegue. (art. 10.3 in fine). Si han sido pocos —relativamente— los episodios donde se lamentaron pérdidas de vidas, fue por pericia de los tripulantes de las aeronaves que sufrieron el impacto, de las administraciones —quienes tomaron las medidas de control necesarias a fin de minimizar el riesgo aviario— y por la fortuna.

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