Explotador de servicios de asistencia en tierra o ‘handling’. Formas de pres tación y responsabilidad legal.

Por Miguel Ángel Marcano Guevara

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Los servicios de asistencia en tierra en la aeronáutica comprenden un conjunto complejo -por su diversidad- de prestaciones especializadas facilitadas a las aeronaves, al pasaje, carga y correo, en un aeródromo terrestre, en el marco de una previa contratación de estos servicios entre un explotador de una aeronave y un explotador estos servicios. Entre estos servicios podemos mencionar la asistencia en el embarque y desembarque de los pasajeros, carga y correo, suministro de combustibles, deshielo y protección externa de la aeronave contra el frío o acoplamiento de plataformas o escaleras.

Al comprender una actividad vital y necesaria para el transporte y la navegación aérea posee una regulación exhaustiva en aras de salvaguardar el valor seguridad en la aeronáutica civil el cual funge como norte y marco de esta.
Siendo así, con esta investigación se pretende dar respuesta a cuestionamientos como quién es y cómo opera el explotador de servicios de asistencia en tierra, cuál es su objeto, su responsabilidad y sus formas y modalidades de prestación. Asimismo, para mayor ilustración realizaremos referencias respecto a la estructuración de los ordenamientos jurídicos de la República Bolivariana de Venezuela, la República Argentina y lo dispuesto por la Unión Europea con énfasis en la normativa española.

Por último, realizaremos una consideración sobre los drones desde dos puntos de vista. Como aeronaves que pueden cumplir una función determinante con miras a la optimización de los servicios de asistencia en tierra y como aeronaves que requieren prestación de servicios de asistencia en tierra.

Palabras clave:
Servicios. Asistencia en tierra. Handling. Explotador.

Un comentario en «Explotador de servicios de asistencia en tierra o ‘handling’. Formas de pres tación y responsabilidad legal.»

  1. El Control Operativo y la Asistencia en tierra tienen sus complejidades que en algunos casos puede superponerse y en otros no, el área mantenimiento de las aeronaves, su protección, y los servicios » handling» se supone que los primeros son parte de la seguridad al vuelo, mientras el segundo corresponden a servicios que no están standarizados como normas, por que dependen de los explotadores y sus capacidades.-

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