El Decreto en cuestión asigna competencia a las fuerzas armadas para la represión de delitos, lo cual plantea una hipótesis de asimilación de estos procedimientos a los ataques exteriores a la seguridad de la nación, e involucra a las Fuerzas Armadas en la persecución de delitos, lo cual había sido desechado por ley hace unos años, luego de serias reflexiones sobre sus funciones en un estado de derecho.
Autor: Javier Augusto de Luca(*)
(*) Profesor regular de derecho penal y procesal penal, Facultad de Derecho, Univ. de Buenos Aires.
*Publicado originalmente en revista La Ley del viernes 11 de marzo de 2016, pág. 1. Tomo La Ley 2016-B.
EMERGENCIA Y DERRIBO DE AVIONES
Me gusta esto:
Me gusta Cargando...