Resumen
Los pronunciamientos dictados por la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial de Capital Federal en los autos “Sabbatini” y “Fiorentino” constituyen un valioso objeto de estudio para la doctrina del derecho de daños y el derecho del consumo. La viabilidad de aplicar la multa por daño punitivo (artículo 52 bis de la Ley 24.240) en el transporte aéreo internacional desató una compleja discusión jurídica frente a las exclusiones del Convenio de Montreal de 1999. La interpretación de esta colisión de leyes dividió el criterio de los magistrados de la Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial a mediados de 2026 al resolver las causas “Sabbatini c/ Iberia” y “Fiorentino c/ Aerovías de México”
