Resumen
El slot o franja horaria para realizar operaciones aéreas hacia y desde un aeropuerto, ha sido un tema de amplio debate en el ámbito del derecho aeronáutico y aeroportuario.
Hemos asistido a discusiones en torno a su naturaleza jurídica y como una derivación de ello también en cuanto al eventual titular de un derecho de propiedad.
Por último, se han planteado diferencias en cuanto a su tratamiento en caso de insolvencia o quiebra de los operadores aéreos.
Hasta no hace mucho tiempo atrás había quienes suponían que la diabetes era una enfermedad de ricos.
De igual forma se supone que el tema del slot es solo de aeropuertos congestionados (denominados de Nivel 3).
Si bien es cierto que es en estos aeropuertos donde efectivamente el slot adquiere valor, no es menos cierto que su naturaleza jurídica no debería variar por el volumen del tráfico de pasajeros y consecuentemente la solución de conflictos no dependería de tal circunstancia. En un ejemplo: si frente a la quiebra de una compañía aérea la solución fuera que ella no posee derecho a conservar un slot, tal solución no debería variar si el aeropuerto está o no congestionado. Seguramente, de no estarlo, nadie se
preocuparía por conservar o no el slot, pero la solución no puede estar dada en virtud de no existir un interés real.
Ahora bien, no cabe duda que el slot es producto de la necesidad. Su génesis está relacionada con la capacidad aeroportuaria y la necesidad de administrar los recursos de forma eficiente, razonable y justa.
Quizás una de las características más apasionantes de la ciencia jurídica sea su evolución permanente.
Los cambios en cuestiones sociales, económicas, políticas, tecnológicas, siempre conllevan cambios en el derecho. A la inversa, otras veces los cambios en las normas impulsan también modificaciones de comportamientos.
En nuestro campo hemos advertido que con los procesos denominados de privatización de los aeropuertos a fines de los años 80 y 90, emergió un régimen jurídico novedoso, el derecho aeroportuario.
Este derecho aeroportuario a su vez ha generado discusiones propias, muchas a partir de una tensión de intereses entre los operadores aéreos y los operadores aeroportuarios.
A tal punto que las asociaciones que nuclean a las líneas aéreas (IATA) y a los aeropuertos (ACI) mantienen discusiones públicas y ambas han elaborado cantidad de documentos dando cuenta de estas diferencias. (Aun cuando en el tema de slots han coincidido en algo: las Directrices Mundiales sobre Franjas Horarias de Aeropuertos denominadas por su sigla en inglés WASG).
El gran desafío que tenemos por delante desde el punto de vista científico, es decir, sin tomar posición desde la defensa de cualquier interés (propio del ejercicio de la profesión del abogado) es analizar la realidad en el estado que hoy se nos presenta y tratar de abordarla y considerarla no con desconocimiento de la normativa existente, los principios jurídicos, la jurisprudencia y la doctrina, pero sí con la posibilidad de revisarlo todo sin aferrarnos necesariamente a la visión tradicional.
Este trabajo pretende ser una modesta provocación a pensar algunas cosas de nuevo, con la excusa de ofrecer un nuevo enfoque para el tema del slot.
Partiremos de preguntarnos si existe un derecho al transporte, como derecho del hombre y trataremos desde allí llegar al slot.
