Comentario fallo “Lago, Martín Ignacio y otros c/ United Airlines Inc”, otra vuelta más a la relación de consumo y la autonomía del Derecho Aeronáutico.

Resumen

Por Francisco Losada

El 18 de mayo de 2018 Martín Ignacio Lago, Sebastián Rodrigo Bouvier y Verónica Alejandra Pérez demandaron a United Airlines Inc (“UA”) a fin de que se la condene a emitir los pasajes adquiridos el 26 de marzo de 2018 a través de la página de Internet de la agencia Almundo.com, para volar ida y vuelta desde Santiago de Chile (Chile) a Sídney (Australia), del 15 al 30 de enero de 2019, los cuales fueron cancelados por la aerolínea con el argumento de que había mediado un error en la tarifa, conjuntamente demandan un resarcimiento por daño moral y la aplicación de la multa prevista en el artículo 52 bis de la ley 24.240. Explicaron que compraron los tres tickets por la suma total de $12.204,71 en el contexto de la edición del Travel Sale 2018, y que una vez emitidos y pagados, UA decidió unilateralmente cancelarlos invocando que había existido una oferta de tarifas evidentemente errónea. En subsidio de la pretensión de emisión de los mentados pasajes, requirieron el pago de la suma necesaria para adquirir otros con el mismo itinerario y para la misma época del año. Fundaron su reclamo en las disposiciones de la ley 24.240 –arts. 7, 8, 10 bis y 52 bis, entre otras–, de su decreto reglamentario n° 1798/94 – art. 7– y del Código Civil y Comercial de la Nación –Libro III Título III