EDITORIAL

Seminario Internacional de Derecho Aeronáutico USAL-IPIAEDA

Los días 19 y 20 de Mayo tuvo lugar el Seminario Internacional sobre Derecho Aeronáutico organizado por la Universidad del Salvador junto a la Cátedra de Derecho Aeronáutico del Dr. Carlos María Vassallo en representación de  Argentina y el Instituto de Investigaciones de Derecho Aeronáutico del Paraguay -IPIAEDA-  junto a numerosos alumnos y alumnas de la Carrera de Derecho y graduados que acompañaron a la Comitiva en representación del Paraguay.

 El día 19 de Mayo se realizó una visita en el Museo Escenográfico “ La Botica del Ángel”.

El día 20 de Mayo en el Auditorio “San Ignacio de Loyola” la Dra. Martina Lourdes Rojo, en representación de la Señora Decana Dra. Livia Uriol,  hizo la formal apertura del Seminario que contó  con la participación del presidente del -IPIAEDA-  Dr. Prof. Oscar Bogado Fleitas, Dr. Adalberto Meza, Director Jurídico de la DINAC- Autoridad Aeronáutica del Paraguay- y del Dr. Horacio Domaniczky quienes expusieron sobre el tema “Drones; consecuencias jurídicas en el Paraguay y a nivel internacional”,  además el Dr. Carlos María Vassallo, expuso acerca de “Transporte Aéreo de Personas con discapacidad y/o Movilidad reducida”, título del libro de su Doctorado en Ciencias Jurídicas.

Además asistieron al evento la Dra. María José Burgos, Asesora letrada del Ministerio de Transporte de la Nación, el Licenciado Daniel Guerci Director de Accesibilidad del Ministerio de Transporte de la Nación, la Dra. Griselda Capaldo Investigadora Principal del Conicet y Titular de la Cátedra de Derecho de Transporte de la UBA, el Dr. Hernán Gómez Titular de la Cátedra de Derecho Aeronáutico de la USAL y Director de Asuntos Internacionales de la  Junta de Seguridad del  Transporte, los Comandantes de Airbus -330 de la línea aérea  Aerolíneas Argentinas, Cmte. Gabriel Marina y Cmte. Dr. Gonzalo Maldonado y  los integrantes de la Cátedra de Derecho Aeronáutico de la USAL Sede Centro y Pilar, Dr. Carlos María Vassallo, Dra. Susana López, Dra. Carla Pernbaum Passadore y la Dra. Mariel Bobasso.

El cierre del Seminario estuvo a cargo del Dr. Carlos María Vassallo.

Dr. Carlos María Vassallo realizando la presentación de la USAL y dando la bienvenida a la comitiva del Paraguay en la Botica del Ángel.
Dr. Carlos María Vassallo exponiendo en el auditorio de la USAL.
Integrantes de la Cátedra de Derecho Aeronáutico de la USAL, Dra. Mariel Bobasso,  Dra. Carla Pernbaum Passadore, Dr. Carlos María Vassallo  y Dra. Susana López en la Botica del Ángel.
 Los Dres. Adalberto Meza y Horacio Domaniczky en representación del Paraguay.
 Dr. Horacio Domaniczky, Dra. Susana López, Dr. Oscar Bogado Fleitas, Dr. Carlos María Vassallo, Dra. Carla Pernbaum Passadore y Dra. Mariel Bobasso.
 Dr. Oscar Bogado Fleitas Presidente de IPIAEDA y el Dr. Carlos María Vassallo.

Desafíos jurídicos planteados al Derecho Internacional Aéreo por las aeronaves totalmente autónomas (o conducidas por inteligencia artificial)

por Griselda Capaldo

Resumen

El presente trabajo corresponde a una parte del relato presentado por la autora ante el XXXII Congreso Argentino de Derecho Internacional, celebrado en Buenos Aires entre los días 9 y 11 de noviembre de 2021. El extenso relato, titulado “Desarrollos recientes y análisis prospectivo del Derecho Internacional Aéreo”, consta de tres secciones:

La primera, relativa a “Aviación y cambio climático. Esquema CORSIA implementado por la OACI”, contiene la esencia del primer capítulo del libro “Cambio climático, aviación comercial y mercado de bonos de carbono. Aspectos legales y técnicos”, que se descarga online desde el enlace: http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/libros/pub_libros_deraeronautico.php

La segunda sección se refiere al “Convenio de Chicago de 1944 sobre aviación civil internacional. Planteos sobre la necesidad de su modificación”.

La tercera y última es la que prestamos en este escrito. En ella se aborda la utilización de los algoritmos de inteligencia artificial (IA) en la aeronavegación y cómo ello impactará en el ámbito de aplicación en razón de la materia y de las personas de los tratados internacionales que regulan distintos tópicos (concretamente, hechos y relaciones jurídicas) vinculados a o generados por la aviación civil. Por lo tanto, todo lo relativo a las aeronaves privadas pilotadas a distancia, así como la aviación militar y demás tipos de aeronaves públicas, quedan excluidos del alcance de este relato.

El texto completo de la presentación hecha ante el XXXII Congreso será publicado en breve por la AADI (Asociación Argentina de Derecho Internacional) como parte de sus Anuarios.

Palabras clave

IA, aeronaves totalmente autónomas, Convenios relativos al derecho internacional aéreo,

SUMARIO SECCIÓN III

I. Introducción. II. Somera descripción de los algoritmos de inteligencia artificial y su aplicación a la aeronavegación. III. Aeronaves totalmente autónomas o conducidas por IA.  1. Su distinción con las aeronaves pilotadas a distancia o remotamente (RPAS). IV. Desafíos planteados para su regulación en los tratados internacionales de derecho aéreo vigentes.  1. Consecuencias jurídicas derivadas de la ausencia de comandante y tripulación a bordo o remota. 2. Replanteo de la distribución de derechos, obligaciones y responsabilidades a partir de la figura del comandante de la aeronave y de la tripulación a bordo. V. Conclusiones. VI. Colofón.

Aviación pilotada a distancia, (drones). Conceptos introductorios al conocimiento de la nueva aviación.

Introducción

La nueva forma de realizar operaciones civiles ha llegado con la aviación pilotada a distancia, comúnmente llamada “drones”.

Sacar al piloto de la célula de vuelo ha traído evidentes beneficios de seguridad en misiones de alto riesgo, actividad volcánica, incendios, fumigaciones, científicas, en accidentes con fuga de radiaciones entre otras con el único inconveniente de perder el aparato. La finalidad actual de nuestro estudio es obtener un servicio civil. La historia de la aviación enseña que los hermanos Willbur y Orville Wright fueron aviadores, ingenieros, inventores y los principales pioneros de la aviación. El 17 de diciembre de 1903, en una playa de Kitty Hawk, Carolina del Norte, los hermanos Wright lograron lo que ningún otro había podido hasta ese momento, vuelo con aparato más pesado que el aire, motorizado y controlado: el “Wright Flyer” despega con ayuda de una catapulta exterior y logró cubrir unos 36 metros de vuelo sostenido, motorizado y tripulado en 12 segundos. Nadie había logrado antes poner en vuelo un aeroplano a motor que pudiera ser controlado.

“Transporte aéreo de personas con discapacidad y movilidad reducida”: Aspectos relevantes de la tesis doctoral

Comentario previo.

Luego de más de un año de elaboración de esta tesis doctoral, en abril de 2021 la hemos defendido con éxito en la Universidad del Salvador en Buenos Aires ante el jurado de los doctores Ripol Carulla[1], Cappagli[2] y Javurek[3], obra registrada en propiedad intelectual y en proceso de publicación.

Dado que el cuerpo de la tesis tiene una extensión de 430 páginas sumadas las de los anexos que contienen las entrevistas de investigación, normativa comparada y traducida y el “Proyecto del reglamento para transporte aéreo de personas con discapacidad y movilidad reducida en República Argentina” que suman unas doscientas páginas más,  hemos comprimido en este artículo solo de 22 páginas los aspectos de hecho y jurídicos más relevantes llevándolos a forma de adelanto al conocimiento del lector.


[1] Profesor titular de la Universidad Pompeu Fabra Barcelona, Presidente del Instituto Iberoamericano de derecho aeronáutico.

[2] Consultor Socio de Marval, O’Farrell & Mairal entre 1991 y 2007, actualmente  consultor especialista en Derecho Marítimo, Aeronáutico y Seguros.

[3] Profesora titular Derecho de la Navegación, Transporte y Comunicaciones en la Facultad de Derecho. Universidad Nacional de Córdoba.

Compliance y sostenibilidad: hacia el despegue de una aviación más sostenible.

  1. INTRODUCCIÓN A LAS CERTIFICACIONES Y ASPECTOS GENERALES DEL COMPLIANCE EN EL SECTOR AERONÁUTICO.

En un primer momento, el compliance se ligaba indefectiblemente a la responsabilidad penal de la persona jurídica. Si bien es cierto que éste es un aspecto indudablemente de gran importancia para cualquier corporación,  ni es el único, ni es el  más relevante de los  aspectos que contemplan los  planes de compliance; aspectos que muestran como tarjeta de presentación de las organizaciones, la ética y la integridad corporativa, materializada en correctos planes de cumplimiento normativo.

La implantación de planes de compliance en las empresas aeronáuticas genera mejoras  en la  organización interna y en su  imagen corporativa,  facilitando  y aumentando las relaciones comerciales a nivel internacional; además de la ya conocida exención o atenuación de la responsabilidad penal de la persona jurídica por contar con un código ético y normativo,  vigente y actualizado, según lo establecido  en España en  los art. 31 bis y 31 quater del Código Penal.